A Diego Bautista

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Rafael Rivero Muñoz
Comisario General


Señor:
Diego Bautista Urbaneja
Gerente del Proyecto Consenso de País
Ciudad

Caracas, 15 de enero de 2004

Según queda expresado y asumo a los efectos de esta comunicación, el “... Plan Consenso de País tiene como propósito servir de base programática del gobierno constitucional y de Unidad para la reconciliación y reconstrucción nacional...”. Consecuente con ese propósito, se fijan ocho “líneas de acción” para “establecer la seguridad jurídica y económica... y la claridad de las reglas de juego”.

Es el punto tres del Resumen Ejecutivo lo que me lleva a redactar este papel. Textualmente reza: “... 3.- DONDE RIGE EL DERECHO. Se proponen medidas para establecer el equilibrio de poderes entre el ejecutivo y el legislativo, limitando cualquier exceso de discrecionalidad; fortalecer las organizaciones democráticas y las responsables de la administración y aplicación de justicia; y medidas para incrementar la seguridad ciudadana actuando con la acción policial, fiscalía, jueces y política penitenciaria considerando acciones contra los delitos y su prevención...”. Evidentemente, se trata de un resumen ejecutivo y mal podemos demandar otros detalles. Sin embargo, en un documento fechado el 6 de octubre de 2003 en página www.consensopais.org, algunos otros detalles pude capturar. 

Sobre el tema redacté la primera nota de información de este año a los efectos de incorporarla a mi página web, y visto que lo leído y entendido de ese Plan de País que se redacta, sustentado en mi experiencia de más de cuarenta años sobre el terreno y en el área de seguridad pública, me brinda la impresión que muy poco se separa de la idea, del esquema de tratamiento y de los contenidos de aquellos viejos Planes de la Nación. Pareciera que seguimos irremediablemente aferrados a los ya bien superados conceptos sobre la seguridad pública, por tanto, esa misma experiencia me señala, que de nuevo navegaremos por las mismas aguas que nos han sumergido en estos lodos. Estamos y seguiremos empantanados, posiblemente por aquello que afirma Andrés Montero Gómez: “... cuando un esquema mental para explicar cierto escenario social está sólidamente alojado en nuestro cerebro, si la información que procesamos de nuestro entorno no es coincidente con la perspectiva que ya hemos asumido, no modificamos nuestros esquemas para adaptarlos a la realidad, sino por el contrario intentamos deformar la realidad para ajustarla a nuestro esquema...”.

En libros y muchas notas de información he planteado con insistencia los tres principales problemas que han aquejado y aquejan a la comunidad y a sus pretendidos dirigentes; en consecuencia, por aquello de la evasión del conflicto, de la ley del menor esfuerzo y puesto que ante nadie rendimos cuenta del resultado de nuestro hacer o dejar de hacer, nos negamos a entender aquello citado por Jaume Curbet y que afirmara alguna vez Albert Einstein: “... Cuando un problema, por más que uno haga por resolverlo, se resiste, es que está mal planteado...”.

No importa cuál sea la orden, disposición o mandato, ni cuál la entidad del poder que la emita, si no está allí la policía para ejecutarla, nadie está en capacidad de ejecutala; dijo algo parecido Sir Robert Mark (Scotland Yard) en un programa de la BBC (Dimbleby Lecture) a principio de los setenta. Afirman por su parte José María Rico y Laura Chinchilla: “... la policía por constituir el primer ‘filtro’ [del sistema]... ejerce sus funciones más importantes en la comunidad, desempeña un papel esencial en materia de seguridad ciudadana... el reconocimiento de su carácter civil, apolítico [léase apartidista] y profesional, su acercamiento a la sociedad civil...”, son por tanto esenciales, si es que se quiere entender y expresar los conceptos de seguridad pública, de estado de derecho y de ciudadanía.

Indudablemente que una policía profesional significa delicados riesgos para el disfrute del poder –disfrute, no ejercicio–: policía que piensa, es muy peligroso. Antes y ahora, ha jugado y juega mucho en el esquema conceptual de la nomenclatura, de nuestros políticos y del esquema de disfrute de los signos exteriores de poder en Venezuela. Les resulta –para algunos convenientemente– imposible concebir y aceptar, que la materia de seguridad ciudadana, ha sido, es y será, un asunto netamente civil, y esto tiene entre sus orígenes por lo menos dos grandes temores. Nada más tenemos que observar la amenaza que representa la gente de esos hacinados barrios marginales –que no se consideran a sí mismos habitantes de la ciudad–, que en definitiva no pasan de ser, para los que están en el poder o aspiran llegar a él, más que la expresión material de uno de los más acuciantes problemas a los cuales se enfrentan o se enfrentarán –quizás a imagen y semejanza de lo que la historia nos recuerda, la del ghetto de Varsovia o la de la casbah argelina–, por tanto requieren, casi exclusivamente, del tratamiento militar del problema, sea al depurado estilo de Heinrich Himmler o al menos elaborado, pero no por ello menos eficiente del general Jacques Massu. El segundo temor, lo que denomino la Industria de la Ilegalidad, que en otros países se conoce como el Crimen Organizado. Si bien es cierto que la globalización pueda ser señalada hoy como uno de las variables más incidentes en eso que se ha dado por denominar la debilidad del Estado; también es cierto que una de las más grandes ventajas que tal globalización ha dinamizado, es la que beneficia al crimen trasnacional: para éste no existen fronteras. Sin ir más lejos, baste recordar importantes casos de tráfico de drogas, la presencia y actividades de una coshe de la Mafia en Venezuela; las grandes estafas contra entidades públicas y privadas, el tráfico de armas, el llamado “lavado de dinero” y los grandes casos de corrupción; el robo y hurto de vehículos; los asaltos a bancos y blindados,  y más reciente, los secuestros y las masacres que a diario nos hace conocer la prensa; en todos, casi sin excepción, sea en el antes, en el durantes o en el después, se han encontrado –y se encuentran– señalados funcionarios públicos de alto coturno. Baste también recordar la otra parte de la historia; a pesar de las evidencias materiales o circunstanciales que hayan podido emerger en uno u otro caso o circunstancia, éstas, jamás han sido investigadas: la impunidad en Venezuela, para quienes detentan o tienen relación con el poder político, está garantizada.

Agotado en función de la brevedad el tema en el ámbito político general y sólo como nota marginal al texto que origina esta comunicación

  1. Las acciones contra los delitos y su prevención. De nada sirven los elaborados estudios de expertos apoyando los acuerdos políticos de cúpulas, si antes no tienen éstos, los políticos y  la sociedad en su conjunto, suficientemente claro y consensuado:
    1. ¿Cuál seguridad?; ¿por cuáles medios?; ¿en beneficio de quién?
    2. Son las causas o son los efectos, las prioridades para la definición de los campos de acción y para la delimitación de tareas y responsables para la actuación.
    3. Se compadecen en sus extremos tales términos con el postulado de convivencia pacífica y democrática, por tanto, igualdad de derechos y tratamiento para cualquiera sea el ciudadano sobre el cual pese una imputación.
    4. Como he sostenido en notas anteriores, ni la Fiscalía ni la policía, científica o no, tienen la experticia técnica ni están en capacidad de llevar y sustentar ante un juez –independiente de su capacidad profesional– sus alegatos contra cualquiera sea el imputado en cualquiera sea la causa de la cual se trate.
    5. Independiente del monto de la pena que se haya estatuido para los autores de determinado delito, lo que realmente disuade al delincuente indeciso y persuade al decidido, no es el monto de la pena pautada, sino la certeza de su rápida y efectiva aplicación por parte de la jurisdicción y de acuerdo a las precisas normas de procedimiento y punitivas vigentes. Es un hecho reconocido e indiscutible –por mencionar sólo uno–, en cinco años más de 40.000 asesinatos, más de 11.000 en el 2003, en su mayoría a tiros: ¿Cuántas investigaciones, imputaciones fiscales y decisiones firmes y en ejecución, emanadas de tribunales competentes, han llevado a la cárcel, en ese mismo lapso, a los autores de estos crímenes?

Luego hablar de prevención sin que hasta ahora se haya materializado en hechos sociales concretos lo que las normas vigentes establecen para el que comete un asesinato, pareciera entrar en el mismo esquema de tratamiento político al cual la sociedad venezolana ya está acostumbrada: “... las medidas que se anuncian y se aplican sólo son sintomáticas y a menudo superficiales, para contentar a la opinión pública...”[i]; por lo cual, el ciudadano, independiente de su condición social o económica, absoluta y ninguna confianza tiene, ni puede tener, en la supuesta, pero bien costosa, maquinaria de justicia que opera en el país.

  1. Política penitenciaria. Más grave aún que el punto anterior, en el lapso considerado, no menos de trescientas personas recluidas en centros penitenciarios, por tanto bajo custodia de funcionarios del Estado, han sido heridas o asesinadas al interior de esos centros de reclusión, también a tiros, con chuzos o simplemente bañados con combustibles e incendiados. Es decir que, dentro de los centros penales bajo control y administración del Estado, por las circunstancias que pudieren ser alegadas, se permite circular, poseer y se hace uso por parte de reclusos, de armas de fuego y de otro tipo.

¿Política Penitenciaria? Dentro de un esquema de tratamiento propio para rebaños de bestias salvajes y donde ninguno de los responsables por la custodia, vida e integridad física de los reclusos, ha sido jamás llevado a juicio por cualquiera sea la instancia competente en el asunto. ¿No afirmaba Thomás Hobbes el derecho ciudadano a rebelarse, cuando es el Estado el que amenaza la vida y la supervivencia?

  1. Jueces. ¿Y es que en Venezuela podemos hablar de jueces?, cuando como es sabido en más del ochenta por ciento de los tribunales penales de la República, sus titulares son jueces provisorios; es decir no son jueces profesionales de carrera, y su posición ha dependido y depende de sus buenas relaciones –y decisiones favorables al partido, al gobierno regional o central– con quienes los nominaron o designaron para el cargo, y con algunos colegas que litigan en su ámbito. Esto sin entrar en detalles mucho más escabrosos y dramáticos, como lo es el hecho de la ignorancia de los textos legales sobre los cuales toman decisiones.

No pretendo con esta comunicación otra cosa distinta a la de emitir una opinión limitada, sustentada en la interpretación de hechos de la vida cotidiana en los últimos 35 años; opinión que creo obligado –sino fuere un deber ciudadano– hacerla conocer de aquellos quienes voluntaria y profesionalmente tratan de ver el futuro del país desde una racionalizada perspectiva, y quienes de una u otra forma cuentan circunstancialmente con tres importantes elementos: motivo –la voluntad de hacer–, una capacidad –los medios pertinentes– y la nunca despreciable oportunidad de hacerse oír tanto por quienes a futuro pretendan asumir las responsabilidades del ejercicio del poder político, como por quienes en definitiva, serán las víctimas o los beneficiarios tanto del hacer de su equipo como del hacer y dejar de hacer de quienes ejerzan  ese poder.

En el entendido de que pudiere serle de utilidad, anexo la nota de información titulada “Moradores de un Territorio”. Sin otro particular, de usted; atentamente

Rafael Rivero Muñoz
Comisario General
Anexo: lo indicado

[i] Joan Cornet Prat

 

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