Según queda expresado y asumo a los
efectos de esta comunicación, el “... Plan Consenso de País
tiene como propósito servir de base programática del gobierno
constitucional y de Unidad para la reconciliación y
reconstrucción nacional...”. Consecuente con ese propósito,
se fijan ocho “líneas de acción” para “establecer la
seguridad jurídica y económica... y la claridad de las reglas
de juego”.
Es el punto tres del Resumen Ejecutivo lo
que me lleva a redactar este papel. Textualmente reza: “...
3.- DONDE RIGE EL DERECHO. Se proponen medidas para establecer
el equilibrio de poderes entre el ejecutivo y el legislativo,
limitando cualquier exceso de discrecionalidad; fortalecer las
organizaciones democráticas y las responsables de la
administración y aplicación de justicia; y medidas para
incrementar la seguridad ciudadana actuando con la acción
policial, fiscalía, jueces y política penitenciaria
considerando acciones contra los delitos y su prevención...”.
Evidentemente, se trata de un resumen ejecutivo y mal podemos
demandar otros detalles. Sin embargo, en un documento fechado el
6 de octubre de 2003 en página www.consensopais.org,
algunos otros detalles pude capturar.
Sobre el tema redacté la primera nota de
información de este año a los efectos de incorporarla a mi página
web, y visto que lo leído y entendido de ese Plan de País que
se redacta, sustentado en mi experiencia de más de cuarenta años
sobre el terreno y en el área de seguridad pública, me brinda
la impresión que muy poco se separa de la idea, del esquema de
tratamiento y de los contenidos de aquellos viejos Planes de la
Nación. Pareciera que seguimos irremediablemente aferrados a
los ya bien superados conceptos sobre la seguridad pública, por
tanto, esa misma experiencia me señala, que de nuevo
navegaremos por las mismas aguas que nos han sumergido en estos
lodos. Estamos y seguiremos empantanados, posiblemente por
aquello que afirma Andrés Montero Gómez: “... cuando un
esquema mental para explicar cierto escenario social está sólidamente
alojado en nuestro cerebro, si la información que procesamos de
nuestro entorno no es coincidente con la perspectiva que ya
hemos asumido, no modificamos nuestros esquemas para adaptarlos
a la realidad, sino por el contrario intentamos deformar la
realidad para ajustarla a nuestro esquema...”.
En libros y muchas notas de información he
planteado con insistencia los tres principales problemas que han
aquejado y aquejan a la comunidad y a sus pretendidos
dirigentes; en consecuencia, por aquello de la evasión del
conflicto, de la ley del menor esfuerzo y puesto que ante nadie
rendimos cuenta del resultado de nuestro hacer o dejar de hacer,
nos negamos a entender aquello citado por Jaume Curbet y que
afirmara alguna vez Albert Einstein: “... Cuando un problema,
por más que uno haga por resolverlo, se resiste, es que está
mal planteado...”.
No importa cuál sea la orden, disposición
o mandato, ni cuál la entidad del poder que la emita, si no está
allí la policía para ejecutarla, nadie está en capacidad de
ejecutala; dijo algo parecido Sir Robert Mark (Scotland Yard) en
un programa de la BBC (Dimbleby Lecture) a principio de los
setenta. Afirman por su parte José María Rico y Laura
Chinchilla: “... la policía por constituir el primer
‘filtro’ [del sistema]... ejerce sus funciones más
importantes en la comunidad, desempeña un papel esencial en
materia de seguridad ciudadana... el reconocimiento de su carácter
civil, apolítico [léase apartidista] y profesional, su
acercamiento a la sociedad civil...”, son por tanto
esenciales, si es que se quiere entender y expresar los
conceptos de seguridad pública, de estado de derecho y de
ciudadanía.
Indudablemente que una policía profesional
significa delicados riesgos para el disfrute del poder
–disfrute, no ejercicio–: policía que piensa, es muy
peligroso. Antes y ahora, ha jugado y juega mucho en el esquema
conceptual de la nomenclatura, de nuestros políticos y del
esquema de disfrute de los signos exteriores de poder en
Venezuela. Les resulta –para algunos convenientemente–
imposible concebir y aceptar, que la materia de seguridad
ciudadana, ha sido, es y será, un asunto netamente civil, y
esto tiene entre sus orígenes por lo menos dos grandes temores.
Nada más tenemos que observar la amenaza que representa la
gente de esos hacinados barrios marginales –que no se
consideran a sí mismos habitantes de la ciudad–, que en
definitiva no pasan de ser, para los que están en el poder o
aspiran llegar a él, más que la expresión material de uno de
los más acuciantes problemas a los cuales se enfrentan o se
enfrentarán –quizás a imagen y semejanza de lo que la
historia nos recuerda, la del ghetto de Varsovia o la de la
casbah argelina–, por tanto requieren, casi exclusivamente,
del tratamiento militar del problema, sea al depurado estilo de
Heinrich Himmler o al menos elaborado, pero no por ello menos
eficiente del general Jacques Massu. El segundo temor, lo que
denomino la Industria de la Ilegalidad, que en otros países se
conoce como el Crimen Organizado. Si bien es cierto que la
globalización pueda ser señalada hoy como uno de las variables
más incidentes en eso que se ha dado por denominar la debilidad
del Estado; también es cierto que una de las más grandes
ventajas que tal globalización ha dinamizado, es la que
beneficia al crimen trasnacional: para éste no existen
fronteras. Sin ir más lejos, baste recordar importantes casos
de tráfico de drogas, la presencia y actividades de una coshe
de la Mafia en Venezuela; las grandes estafas contra entidades públicas
y privadas, el tráfico de armas, el llamado “lavado de
dinero” y los grandes casos de corrupción; el robo y hurto de
vehículos; los asaltos a bancos y blindados, y más
reciente, los secuestros y las masacres que a diario nos hace
conocer la prensa; en todos, casi sin excepción, sea en el
antes, en el durantes o en el después, se han encontrado –y
se encuentran– señalados funcionarios públicos de alto
coturno. Baste también recordar la otra parte de la historia; a
pesar de las evidencias materiales o circunstanciales que hayan
podido emerger en uno u otro caso o circunstancia, éstas, jamás
han sido investigadas: la impunidad en Venezuela, para quienes
detentan o tienen relación con el poder político, está
garantizada.
Agotado en función de la brevedad el tema
en el ámbito político general y sólo como nota marginal al
texto que origina esta comunicación
- Las
acciones contra los delitos y su prevención. De nada sirven
los elaborados estudios de expertos apoyando los acuerdos
políticos de cúpulas, si antes no tienen éstos, los políticos
y la sociedad en su conjunto, suficientemente claro y
consensuado:
- ¿Cuál
seguridad?; ¿por cuáles medios?; ¿en beneficio de quién?
- Son las
causas o son los efectos, las prioridades para la definición
de los campos de acción y para la delimitación de tareas
y responsables para la actuación.
- Se
compadecen en sus extremos tales términos con el
postulado de convivencia pacífica y democrática, por
tanto, igualdad de derechos y tratamiento para cualquiera
sea el ciudadano sobre el cual pese una imputación.
- Como he
sostenido en notas anteriores, ni la Fiscalía ni la policía,
científica o no, tienen la experticia técnica ni están
en capacidad de llevar y sustentar ante un juez
–independiente de su capacidad profesional– sus
alegatos contra cualquiera sea el imputado en cualquiera
sea la causa de la cual se trate.
- Independiente
del monto de la pena que se haya estatuido para los
autores de determinado delito, lo que realmente disuade al
delincuente indeciso y persuade al decidido, no es el
monto de la pena pautada, sino la certeza de su rápida y
efectiva aplicación por parte de la jurisdicción y de
acuerdo a las precisas normas de procedimiento y punitivas
vigentes. Es un hecho reconocido e indiscutible –por
mencionar sólo uno–, en cinco años más de 40.000
asesinatos, más de 11.000 en el 2003, en su mayoría a
tiros: ¿Cuántas investigaciones, imputaciones fiscales y
decisiones firmes y en ejecución, emanadas de tribunales
competentes, han llevado a la cárcel, en ese mismo lapso,
a los autores de estos crímenes?
Luego hablar de prevención sin que hasta
ahora se haya materializado en hechos sociales concretos lo que
las normas vigentes establecen para el que comete un asesinato,
pareciera entrar en el mismo esquema de tratamiento político al
cual la sociedad venezolana ya está acostumbrada: “... las
medidas que se anuncian y se aplican sólo son sintomáticas y a
menudo superficiales, para contentar a la opinión pública...”[i];
por lo cual, el ciudadano, independiente de su condición social
o económica, absoluta y ninguna confianza tiene, ni puede
tener, en la supuesta, pero bien costosa, maquinaria de justicia
que opera en el país.
- Política
penitenciaria. Más grave aún que el punto anterior, en el
lapso considerado, no menos de trescientas personas
recluidas en centros penitenciarios, por tanto bajo custodia
de funcionarios del Estado, han sido heridas o asesinadas al
interior de esos centros de reclusión, también a tiros,
con chuzos o simplemente bañados con combustibles e
incendiados. Es decir que, dentro de los centros penales
bajo control y administración del Estado, por las
circunstancias que pudieren ser alegadas, se permite
circular, poseer y se hace uso por parte de reclusos, de
armas de fuego y de otro tipo.
¿Política Penitenciaria? Dentro de un
esquema de tratamiento propio para rebaños de bestias salvajes
y donde ninguno de los responsables por la custodia, vida e
integridad física de los reclusos, ha sido jamás llevado a
juicio por cualquiera sea la instancia competente en el asunto.
¿No afirmaba Thomás Hobbes el derecho ciudadano a rebelarse,
cuando es el Estado el que amenaza la vida y la supervivencia?
- Jueces. ¿Y
es que en Venezuela podemos hablar de jueces?, cuando como
es sabido en más del ochenta por ciento de los tribunales
penales de la República, sus titulares son jueces
provisorios; es decir no son jueces profesionales de
carrera, y su posición ha dependido y depende de sus buenas
relaciones –y decisiones favorables al partido, al
gobierno regional o central– con quienes los nominaron o
designaron para el cargo, y con algunos colegas que litigan
en su ámbito. Esto sin entrar en detalles mucho más
escabrosos y dramáticos, como lo es el hecho de la
ignorancia de los textos legales sobre los cuales toman
decisiones.
No pretendo con esta comunicación otra
cosa distinta a la de emitir una opinión limitada, sustentada
en la interpretación de hechos de la vida cotidiana en los últimos
35 años; opinión que creo obligado –sino fuere un deber
ciudadano– hacerla conocer de aquellos quienes voluntaria y
profesionalmente tratan de ver el futuro del país desde una
racionalizada perspectiva, y quienes de una u otra forma cuentan
circunstancialmente con tres importantes elementos: motivo –la
voluntad de hacer–, una capacidad –los medios pertinentes–
y la nunca despreciable oportunidad de hacerse oír tanto por
quienes a futuro pretendan asumir las responsabilidades del
ejercicio del poder político, como por quienes en definitiva,
serán las víctimas o los beneficiarios tanto del hacer de su
equipo como del hacer y dejar de hacer de quienes ejerzan ese
poder.
En el entendido de que pudiere serle de
utilidad, anexo la nota de información titulada “Moradores de
un Territorio”. Sin otro particular, de usted; atentamente